Publicado el nuevo Reglamento de la UE sobre Minerales en Conflicto

Publicado el nuevo Reglamento de la UE sobre Minerales en Conflicto

El pasado 19 de mayo, el Boletín Oficial de la UE publicaba el Reglamento 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2017 por el que se establecen obligaciones en materia de diligencia debida dirigidas a “aportar transparencia y seguridad jurídica por lo que se refiere a las prácticas de suministro de los importadores de la Unión, las fundiciones y las refinerías que se abastecen en zonas de conflicto o de alto riesgo”.

Para la formulación de las obligaciones relativas al sistema de gestión, el Reglamento se remite expresamente al modelo y las normas contenidas en la Guía de Debida Diligencia de la OECD.

La versión final de la citada Guía fue aprobada a nivel ministerial por 42 países (miembros y no miembros de la OECD) en 2015. A la luz de la aprobación de este Reglamento a nivel europeo, es interesante consultar la Propuesta de mejora de la aplicación de esta Guía presentada a principios mayo 2017 por parte de Amnistía Internacional y Global Witness con el apoyo de más de 30 organizaciones de sociedad civil.

La propuesta se basa en la implementación de la presentación de informes cada 3 años por parte de los Estados adherentes sobre cómo están promoviendo y aplicando la Guía. A ello le seguiría evaluación de estos esfuerzos por parte de la OECD.

Esta mejora contribuiría, según la propuesta, a “mejorar las prácticas de la industria, de manera que los riesgos pertinentes puedan identificarse y gestionarse mejor de conformidad con las leyes y normas imperantes”.

El texto del Reglamento de la UE puede consultarse aquí.

El texto de la Propuesta de mejora puede consultarse aquí: SC Propuesta – Mejorar La Aplicacion de la Guia OCDE

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